La resolución 008610 titulada “Normas sobre la Actuación de la Fuerza Armada Bolivariana en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones”, emitida el 27 de enero de 2015 por en el Ministerio de la Defensa, que establece “ante una situación de riesgo mortal el funcionario aplicará el método del uso de la fuerza potencialmente mortal”, es un disparo a quema ropa a los derechos humanos en Venezuela.
La dramática situación que hoy viven los venezolanos por el desabastecimiento de alimentos y medicinas, por la incontrolada inseguridad, hace que la desesperación y la angustia por mitigar el hambre de su familia y aliviar el dolor que una enfermedad le produce a un ser querido los lleva a ejercer su legitimo derecho a manifestar.
Esta situación producto de la implementación de políticas herradas y del saqueo que ha sufrido el país durante los últimos dieciséis años, ha creado un dramático escenario ante el cual, el Ministro de la Defensa refrenda la inconstitucional resolución 008610 que vulnera los derechos humanos y la hace nula por ser contraria a los artículos 25 y 68 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
Las protestas que día a día crecen en las calles de Venezuela son un derecho que los ciudadanos ejercen como consecuencia de la crisis política, social y económica creada por Chavez y continuada por Nicolás Maduro.
El General Vladimir Padrino López, en cumplimiento del artículo 328 de la Constitución Nacional debería asumir la responsabilidad como Ministro de la Defensa, tomando acciones para expulsar a quienes han invadido a Venezuela con la venia del régimen que pretende sustituir a la Fuerza Armada Nacional por grupos paramilitares y por una Milicia Nacional y no refrendar una resolución que lo convierte en un verdugo de cuatro soles para una sociedad que está en las calles del país protestando por la violación de sus derechos fundamentales.
Cnel (GN) Antonio Semprun
@antoniosemprun
www.coronelantoniosemprun.blogspot.com
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